lunes, 3 de octubre de 2011

¿A QUIÉN VOTAR?

Con fecha 24 de noviembre de 2002, el entonces Prefecto de la Congregación de la Fe, Cardenal Ratzinger, publicó una extensa instrucción (“Nota doctrinal sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política”) en la que se establece cual debe ser la actitud de los católicos ante el problema planteado por el cambio de autoridades gubernamentales, cualquiera fuera el régimen vigente.

Pocos años después, en 2006 en su discurso a los participantes en unas jornadas de estudio sobre Europa, el papa Benedicto XVI ratificaba, en iguales términos las precisiones aparecidas en la instrucción citada.

Es necesario destacar que el cumplimiento de lo que en ellas se establece en referencia con la conducta a observar por los católicos en las circunstancias dichas obliga a éstos en conciencia.

Al respecto ha de recordarse que tanto en la Nota Doctrinal como en el posterior discurso del Papa, se insiste en que para el electorado católico existen: “tres puntos no negociables”; es decir, no pasibles de modificación alguna, cualquiera fueren las razones aducidas para así hacerlo. Estos tres puntos no negociables son:

1.- Protección de la vida en todas sus etapas, desde el momento de la concepción hasta la muerte natural;
2.- Reconocimiento y promoción de la estructura natural de la familia, como unión entre un hombre y una mujer basada en el matrimonio, y su defensa contra los intentos de equipararla jurídicamente a formas radicalmente diferentes de unión que, en realidad, la dañan y contribuyen a su desestabilización, oscureciendo su carácter particular y su irreemplazable papel social;
3.- Protección del derecho de los padres a educar a sus hijos.

Recuerden pues, los electores católicos que, en conciencia, y obedeciendo a instrucciones precisas de la Iglesia, les está vedado votar por partidos o candidatos que hayan infringido lo establecido en aquellos tres puntos. O, simplemente , que no los respeten, o los ignoren. Esto no impide, como enseña Juan Pablo II en la encíclica Evangelium Vitae a propósito del caso en que no fuera posible evitar o abrogar completamente una ley abortista en vigor o que está por ser sometida a votación, que “un parlamentario cuya absoluta oposición personal al aborto sea clara y notoria a todos, puede lícitamente ofrecer su apoyo a propuestas encaminadas a limitar los daños de esa ley y disminuir así los efectos negativos en el ámbito de la cultura y de la moral pública.” (J.P.II, EVnº 73).

FAMINAT, Octubre de 2011

lunes, 16 de mayo de 2011

CARTA DE LOS DERECHOS NEGADOS A LOS NIÑOS

0.- A que no se le impida llegar a la vida: anticoncepción.
1.- A ser engendrado y no producido.
2.- A no ser matado en el seno de la madre.
3.- A no ser considerado un nuevo órgano del cuerpo de la madre, lo que daría a ésta el “derecho a disponer de su cuerpo”
4.- A no ser discriminado y abortado cuando por diagnóstico prenatal se compruebe, o se sospeche, un defecto genético que –se dice- haría imposible soportar una vida “no digna de ser vivida”.
5.- A no ser considerado como un objeto apto para ser utilizado para la satisfacción de un capricho; o como elemento terapéutico; o para el avance de la ciencia; o para el desarrollo de una industria.
6.- A nacer en el seno de una familia como fruto del amor y de la complementariedad de un hombre y de una mujer unidos en matrimonio monógamo, indisoluble y fiel por un vínculo permanente y fuerte que hace de los cónyuges “una sola carne”.
7.- A no ser considerado “un derecho” sino un don que debe ser recibido con amor, respeto y agradecimiento.
8.- A gozar de la compañía de hermanos y hermanas escapados, como él, de las falacias de la “planificación familiar”.
9.- A no ser la víctima del flagelo del divorcio, destructor de la familia y de la sociedad y fuente de males para los hijos.
10.- A recibir desde la etapa anterior al nacimiento y en todas las que le siguen una atención médica que garantice una buena salud física y psíquica.
11.- A ser educado por sus padres durante los primeros años; y luego a ver complementada su educación por docentes debidamente formados en los principios morales y religiosos de aquellos y en las escuelas elegidas por ellos.
12.- A no recibir una “educación” consistente en un conjunto de tecnologías “carente de principios y valores” elaborada por “expertos” (nacionales o extranjeros) al servicio de organismos supranacionales.
13.- A que no se atente contra su inocencia desde los dos años de edad y más tarde contra su pureza y su pudor o su virilidad mediante una “educación sexual transversal” tendiente precisamente a lograr esos objetivos.
14.- A no ser agredido a través de una campaña destinada a corromperlo intelectual y moralmente, llevada a cabo a través del uso masivo e invasor de perversos “medios de comunicación social”.
15.- A no ver manchados por un lenguaje mentiroso las relaciones de mutuo respeto y de verdadero cariño que el uno por el otro de los novios deben guardar desde el momento en que comienza el noviazgo, entendido como seria y necesaria preparación para el matrimonio, y durante todo su transcurso.
Raúl A. Devoto
Abril 2011