lunes, 3 de octubre de 2011

¿A QUIÉN VOTAR?

Con fecha 24 de noviembre de 2002, el entonces Prefecto de la Congregación de la Fe, Cardenal Ratzinger, publicó una extensa instrucción (“Nota doctrinal sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política”) en la que se establece cual debe ser la actitud de los católicos ante el problema planteado por el cambio de autoridades gubernamentales, cualquiera fuera el régimen vigente.

Pocos años después, en 2006 en su discurso a los participantes en unas jornadas de estudio sobre Europa, el papa Benedicto XVI ratificaba, en iguales términos las precisiones aparecidas en la instrucción citada.

Es necesario destacar que el cumplimiento de lo que en ellas se establece en referencia con la conducta a observar por los católicos en las circunstancias dichas obliga a éstos en conciencia.

Al respecto ha de recordarse que tanto en la Nota Doctrinal como en el posterior discurso del Papa, se insiste en que para el electorado católico existen: “tres puntos no negociables”; es decir, no pasibles de modificación alguna, cualquiera fueren las razones aducidas para así hacerlo. Estos tres puntos no negociables son:

1.- Protección de la vida en todas sus etapas, desde el momento de la concepción hasta la muerte natural;
2.- Reconocimiento y promoción de la estructura natural de la familia, como unión entre un hombre y una mujer basada en el matrimonio, y su defensa contra los intentos de equipararla jurídicamente a formas radicalmente diferentes de unión que, en realidad, la dañan y contribuyen a su desestabilización, oscureciendo su carácter particular y su irreemplazable papel social;
3.- Protección del derecho de los padres a educar a sus hijos.

Recuerden pues, los electores católicos que, en conciencia, y obedeciendo a instrucciones precisas de la Iglesia, les está vedado votar por partidos o candidatos que hayan infringido lo establecido en aquellos tres puntos. O, simplemente , que no los respeten, o los ignoren. Esto no impide, como enseña Juan Pablo II en la encíclica Evangelium Vitae a propósito del caso en que no fuera posible evitar o abrogar completamente una ley abortista en vigor o que está por ser sometida a votación, que “un parlamentario cuya absoluta oposición personal al aborto sea clara y notoria a todos, puede lícitamente ofrecer su apoyo a propuestas encaminadas a limitar los daños de esa ley y disminuir así los efectos negativos en el ámbito de la cultura y de la moral pública.” (J.P.II, EVnº 73).

FAMINAT, Octubre de 2011